Extensión de la maternidad
Artículo 1 - Se autorizará una prórroga de hasta 180 (ciento ochenta) días para la finalización del curso de un estudiante de posgrado debido a maternidad, nacimiento de un hijo, adopción u obtención de la tutela legal para fines de adopción, que ocurra dentro del período reglamentario para la finalización de su curso (maestría o doctorado), siempre que sea solicitada oficialmente por el interesado o su representante legal. Párrafo único. La prórroga de los períodos de beca, si la hubiere, se regirá por los criterios y normas de las entidades financiadoras.
Procedimientos
El estudiante o su representante legal (por poder) deberá presentar una solicitud por escrito al CPG de su Instituto o Facultad, con el conocimiento y la aprobación del Asesor, a más tardar 30 días después del nacimiento del niño, junto con el original y una copia simple del Acta de Nacimiento, o una copia certificada. Tras la revisión de la solicitud por parte del CPG correspondiente, la Unidad Docente remitirá la documentación a la Dirección Académica para solicitar una prórroga del plazo de matrícula final del estudiante.
Se puede obtener más información en Instrucción Normativa CCPG n.º 04/2024.
